Nacional
Dirección Regional del Trabajo Los Lagos informa que solo malls y strips centers deberán cerrar y sus trabajadores no podrán laborar el 17 de diciembre
Tal como ha ocurrido en procesos eleccionarios anteriores, la Dirección Regional del Trabajo emitió un Ordinario que aborda el feriado obligatorio durante la jornada plebiscitaria.
Todo trabajador o trabajadora que por la naturaleza de sus funciones está exceptuado del descanso en domingos y festivos, deberá laborar el 17 de diciembre. Estos trabajadores tendrán derecho a ausentarse de sus labores por al menos dos horas para poder concurrir a votar
El Ordinario establece las condiciones precisas para que el comercio pueda funcionar, o no, durante la jornada plebiscitaria. Los malls, strips centers o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica deberán estar cerrados. Esto significa que ninguno de sus locales -incluyendo supermercados y grandes tiendas ubicados dentro de malls- podrá abrir ese día. Para sus trabajadores y trabajadoras ese día constituye un feriado obligatorio.
Por el contrario, los supermercados, grandes tiendas y locales que funcionan fuera de malls, strip center y centros comerciales sí podrán funcionar. Bajo esta misma condición, también pueden abrir locales atendidos por sus propios dueños y familiares directos.
Claudio Salas, Seremi del Trabajo y Previsión Social (S) informó que “estos locales deberán estar cerrados a las 21:00 horas del sábado 16 de diciembre de 2023 y podrán comenzar a atender desde las 06:00 horas del lunes 18 de diciembre. El descanso para sus trabajadores y trabajadoras regirá dentro de esos horarios, salvo para quienes estén sujetos a turnos rotativos de trabajo. En ese caso, pueden prestar servicios entre las 21:00 horas y las 24:00 del sábado 16 y entre las 0:00 horas y las 06:00 horas del lunes 18 de diciembre”.
En lo general, el organismo fiscalizador recordó que el 17 de diciembre será feriado legal en todo el país y, por ende, de descanso laboral. La DT advierte a los empleadores de estos trabajadores y trabajadoras -que cumplen labores en domingos y festivos- que no pueden utilizar este feriado como día de descanso compensatorio.
El comercio que incumpla con su deber de no funcionamiento se expone a multas de hasta 60 UTM ($3.852.960 a su valor de diciembre), que serán aplicadas tanto a las administraciones de malls, strip center y otros complejos comerciales, como a los empleadores de los locales que abran ese día. En este último caso, la DT también suspenderá el funcionamiento y cesará los turnos de los trabajadores.
Otro tipo de trabajadores
La DT además informa sobre los trabajadores que por sus tipos de contratos sí deberán trabajar ese día, si así lo dispone la distribución de su jornada semanal de trabajo.
En este caso se encuentran quienes cumplan tareas portuarias, a bordo de naves, en reparaciones de deterioros por fuerza mayor, labores continuas por la naturaleza de sus funciones, obras o labores que no puedan ejecutarse sino en períodos determinados, trabajos impostergables para la buena marcha de la empresa, dependientes en plataformas digitales de servicios, deportistas profesionales y trabajadores que desempeñan actividades conexas.
Derecho de sufragio
La DT establece que todo trabajador que por la naturaleza de sus funciones está exceptuado del descanso en domingos y festivos deberá laborar el 17 de diciembre.
“Estos trabajadores tendrán derecho a ausentarse de sus labores por al menos dos horas para poder concurrir a votar, sin disminución de sus remuneraciones. Sus empleadores no podrán impedir o entorpecer el cumplimiento de esta obligación cívica, máxime si ésta es obligatoria y su incumplimiento puede acarrear una multa de 0,5 a 3 UTM. El tiempo de 2 horas establecido es un tiempo mínimo, por lo tanto, no existe inconveniente jurídico en que las partes acuerden un tiempo de permiso superior”, explicó Salas, quien también cumple funciones como director regional del Trabajo.
Quienes sean designados vocales de mesa, delegados de la Junta Electoral o miembros de los colegios escrutadores, podrán ausentarse por todo el tiempo que sea necesario para el adecuado desempeño de dichas funciones. El tiempo de ausencia laboral no podrá ser objeto de descuento remuneracional.
Nacional
Conferencia Episcopal de Chile invita a contemplar al Niño Jesús en su mensaje de Navidad
Bajo el título “Con renovado asombro miremos al Niño Jesús”, los obispos recuerdan que “Dios mismo, por medio de Jesucristo su Hijo, ha querido venir a nosotros, hacerse nuestro hermano, compañero de camino y acompañarnos en los tiempos de alegría y de tristeza”.
Luego, subrayan la esperanza que representa la venida de Jesús en un mundo herido por las guerras, los temores y la inseguridad: “Ese Niño es el Emmanuel, que hace posible la paz en los corazones y entre las naciones. Ese Niño es el que nos hace hermanos, especialmente del que sufre”. En el mensaje, los pastores señalan que Jesús nos trae la verdadera Paz, invitando a la “confianza en sus promesas y apoyándonos no en nuestras fuerzas, sino en el auxilio de la gracia del Espíritu Santo”.
Posteriormente, se destaca el inicio del Año Santo Jubilar 2025, que será inaugurado esta Navidad por el Papa Francisco con la apertura de la Puerta Santa en la Basílica de San Pedro: “La esperanza también constituye el mensaje central del próximo Jubileo. El Año Santo será para todos un momento de encuentro vivo y personal con el Señor Jesús, «puerta» de salvación”. Asimismo, destacan que los fieles verdaderamente arrepentidos «podrán conseguir del tesoro de la Iglesia: plenísima Indulgencia, remisión y perdón de sus pecados”, a través del sacramento de la Penitencia y alimentados por la Santa Comunión, orando también por las intenciones del Papa.
Finalmente, los obispos invitan a acercarse al Niño Jesús con humildad y ternura: “Confiémosle nuestros pensamientos, alegrías y temores. Él se nos pondrá al lado para caminar juntos, como hermanos e hijos de Dios”.
El Comité Permanente del Episcopado concluye su mensaje exclamando: “¡Ven, ven Señor no tardes, ven que te esperamos! Al llegar a ver al Niño nos encontraremos con María y José, que nos quieren hacer parte de la familia de Dios”.
– Leer el texto completo del Mensaje de Navidad del Comité Permanente del Episcopado (pdf)
Fuente: Comunicaciones CECh
Nacional
Presidente indultó a Katty Hurtado, condenada por parricidio al defenderse de agresión
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informó este martes que el Gobieno firmó el indulto a favor de Katty Hurtado, mujer que fue condenada a 20 años de presidio por el delito de parricidio contra su expareja en Calama, hecho ocurrido en 2018.
El hecho causó repercusión ya que organizaciones feministas han protestado constantemente en contra de la condena de Hurtado, pues argumentan que la mujer actuó en defensa propia.
Mediante un comunicado de Prensa, la cartera detalló que «el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informa que, a solicitud de S.E. el Presidente de la República, Gabriel Boric Font, amparado en la Ley Nº 18.050, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Jaime Gajardo Falcón, firmó el indulto particular calificado en favor de Katty Margarita Hurtado Caamaño, quien, tal como la ley exige, realizó el trámite de solicitud formal del caso».
Posteriormente, en La Moneda se hizo una vocería extraordinaria para abordar el indulto, que contó con la presencia de la ministra secretaria de Gobierno subrogante, Aisén Etcheverry; y sus pares de Justicia y Mujer, Jaime Gajardo y Antonia Orellana, respectivamente.
De acuerdo con Etcheverry, «durante su estadía en el sistema penitenciario, su conducta (la de Hurtado) ha sido calificada como muy buena por la institución a cargo y ha demostrado también conciencia del daño causado. Esto demuestra su progresividad en el cumplimiento de su condena».
Asimismo, «se han recibido informes y recomendaciones de instituciones nacionales e internacionales como Amnistía Internacional y las expertas de la Convención de Belém do Pará, que han sugerido revisar la modalidad de su sanción en atención, por supuesto, a la crítica situación de vulneración y daños que ha tenido», añadió.
Sin embargo, la vocera descartó que la dimensión judicial del caso «esté siendo cuestionada. (Sólo) existe una decisión del Presidente de la República que se basa en una facultad que le es entregada por la propia Constitución que, en razón a criterios humanitarios, se decide otorgar este indulto».
Los detalles de la causa
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama declaró culpable a Katty Hurtado, a quien la Fiscalía acusó del parricidio de su conyuge, Richard Aravena, en mayo de 2018 en Calama.
A través de diversas pruebas presentadas por la Fiscalía, en un juicio telemático de más de tres meses, el Tribunal dio por acreditado los hechos y la participación de la mujer en calidad de autora.
«El día 14 de mayo de 2018 en horas de la madrugada dió muerte a su conyuge, en el domicilio de éste, mediante golpes con un elementos contundentes en su cráneo y además diversas heridas con un arma cortopunzante, con el cual realizó varias estocadas en el cuello de la víctima, las que provocaron su muerte», señaló José Troncoso, vocero Fiscalía Regional de Antofagasta durante el juicio.
Alegatos de asociaciones feministas
Organizaciones feministas protestaron en el frontis del Palacio de La Moneda el 6 de mayo, instancia en que llamaron al Presidente Boric a indultar a Katty Hurtado, de quien aseguran que actuó en defensa propia.
Las activistas alegan que mató a Richard Aravena en respuesta a una agresión física y sexual de su parte, y que tales abusos fueron recurrentes por varios años, antecedente que -a su juicio- no fue tomado en cuenta ni por el Ministerio Público, ni por el Poder Judicial.
Por estos antecedentes, y argumentando que no se aplicó enfoque de género durante el juicio, los cercanos a Hurtado ingresaron una solicitud de indulto el 11 de enero pasado, la cual fue recepcionada el 19 de marzo por Gendarmería y acogida este martes por el Ejecutivo.
Nacional
Dirección del Trabajo insta a los empleadores a respetar feriados del comercio en 25 de diciembre y 1 de enero
La Dirección del Trabajo (DT) hizo un llamado a los empleadores del comercio a respetar plenamente los feriados obligatorios e irrenunciables del 25 de diciembre y de 1 de enero de 2025 que favorecen a trabajadores y trabajadoras del sector.
El organismo recordó que en este tipo de feriados las multas son aplicadas por cada trabajador o trabajadora afectada por la infracción de su empleador. En las empresas de mayor tamaño las multas pueden llegar hasta las 20 UTM ($1.345.880) por trabajador.
En Navidad 2023 y Año Nuevo 2024 se aplicaron 60 multas por un total de $105.654.592.
El llamado fue hecho hoy durante una actividad de difusión de estos derechos realizada en el Mall Espacio M, en el centro de Santiago, y encabezada por el director del Trabajo, Pablo Zenteno.
Acompañado por un equipo de la Dirección Regional del Trabajo Metropolitana Poniente y por la encargada del Ramal Comercio de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Karen González, la autoridad recorrió el recinto comercial y distribuyó folletos con las normas legales imperantes en ambas fechas y conversó con los dependientes.
Dirigiéndose a los empleadores, los llamó “a tomar todas las medidas para que el comercio efectivamente esté cerrado, salvo aquellos que evidentemente están autorizados por ley. Estamos hablando de una normativa sancionatoria especial que puede llegar hasta las 20 UTM por cada trabajador. En los años anteriores hemos tenido distintos programas de fiscalización, así que el llamado es a que, como siempre, se cumpla esta normativa».
Además, el director del organismo fiscalizador se refirió a los horarios de atención que deben tener los recintos en las jornadas previas. Recordó que, de acuerdo con la Ley 19.973, los trabajadores del comercio tendrán que estar fuera de su lugar de trabajo a las 20:00 horas de mañana 24 de diciembre y hasta las 06:00 horas del jueves 26 de diciembre, y a las 20:00 horas del martes 31 de diciembre y hasta las 06:00 horas del jueves 2 de enero de 2025.
«Estamos hablando de derechos laborales que son irrenunciables, que son importantes. Queremos que en esta Navidad y en este fin de año, todos los trabajadores y trabajadoras puedan estar mayoritariamente con sus familias», expresó Zenteno.
En esta ocasión la DT ha previsto realizar al menos 186 fiscalizaciones a nivel nacional, las que podrían aumentar en la medida que reciba denuncias.
Por regiones, las fiscalizaciones previstas son: Arica y Parinacota (9), Tarapacá (9), Antofagasta (12), Atacama (9), Coquimbo (12), Valparaíso (12), Metropolitana (24), O’Higgins (12), Maule (12), Ñuble (9), Biobío (12), la Araucanía (12), Los Ríos (9), Los Lagos (12), Aysén (9) y Magallanes (12).
Trabajadores exceptuados del descanso
Los trabajadores que se exceptúan de los feriados obligatorios e irrenunciables del 25 de diciembre de 2024 y 1 de enero de 2025 son aquellos que se desempeñan en restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret, clubes; locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos; casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
También deben trabajar los dependientes de las llamadas «tiendas de conveniencia» adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.
Como compensación, Zenteno recordó que «desde 2016 está vigente una norma que señala que los trabajadores que estén exceptuados del feriado obligatorio e irrenunciable sí tendrán derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos años si continúan contratados por el mismo empleador. Por ejemplo, si un trabajador laboró el 25 de diciembre del 2023 y/o 1 de enero de 2024, y continúa trabajando para el mismo empleador, esta vez deberá descansar».
Fiscalización y sanciones
El Departamento de Inspección de la DT tendrá turnos especiales para realizar un programa de fiscalización que garantice el cumplimiento de la normativa.
En caso de no cumplir con los feriados del 25 de diciembre y 1 de enero, las infracciones a los empleadores tienen multas de entre 5 UTM ($336.470 al mes de diciembre de 2024) y 20 UTM ($1.345.880 al mes de diciembre de 2024) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número total de trabajadores de la empresa.
- Microempresa (de 1 a 9 trabajadores): 5 UTM ($336.470) por cada trabajador afectado.
- Pequeña empresa (de 10 a 49 trabajadores): 5 UTM ($336.470) por cada trabajador afectado.
- Mediana empresa (de 50 a 199 trabajadore): 10 UTM ($672.940) por cada trabajador afectado.
- Gran empresa (de 200 o más trabajadores: 20 UTM ($1.345.880) por cada trabajador afectado.
En caso de ser sorprendidos cumpliendo turnos sin tener que hacerlo, los trabajadores deberán cesar sus labores y abandonar su lugar de trabajo, además de cursarse la multa al empleador/a.
Los establecimientos comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden abrir, debido a que no existe relación laboral.
En caso de no otorgar el descanso alternado a los trabajadores que laboraron en el mismo feriado del año anterior, los empleadores recibirán multas desde las 5 UTM ($336.470 al mes de diciembre de 2024) hasta 20 UTM ($1.345.880 al mes de diciembre de 2024) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).
- Microempresa (de 1 a 9 trabajadores): 5 UTM ($336.470) por cada trabajador afectado.
- Pequeña empresa (de 10 a 49 trabajadores): 5 UTM ($336.470) por cada trabajador afectado.
- Mediana empresa (de 50 a 199 trabajadore): 10 UTM ($672.940) por cada trabajador afectado.
- Gran empresa (de 200 o más trabajadores: 20 UTM ($1.345.880) por cada trabajador afectado.
(*) Valor de la UTM diciembre de 2024: $67.294.
Denuncias
En el sitio web de la Dirección del Trabajo www.direcciondeltrabajo.cl se habilitará un banner para recibir denuncias o para acceder a la normativa vigente sobre feriados obligatorios e irrenunciables. Asimismo, se podrá denunciar los días 25 de diciembre y 1 de enero en el Centro de Atención Telefónica, cuyo número es el 600 450 4000, entre las 09:00 y las 15:00 horas del 25 de diciembre y del 1 de enero.
Resultado de fiscalización Navidad 2023 y Año Nuevo 2024
El programa inspectivo de ambos feriados arrojó los siguientes resultados:
Fiscalizaciones efectuadas: 283
Empresas multadas: 59
Número de multas: 60
Número de infracciones: 66 (una multa puede incluir más de una infracción)
Monto de multas: $105.654.592.
Número de trabajadores fiscalizados: 1.223 chilenos y 120 extranjeros.
Número de trabajadores devueltos a sus hogares Navidad: 44.
Número de trabajadores devueltos a sus hogares Año Nuevo: 40.
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