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Nacional

Dirección del Trabajo llamó a respetar este 1 de mayo el feriado obligatorio e irrenunciable del Comercio

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Un llamado a respetar el feriado obligatorio e irrenunciable para trabajadores y trabajadoras del comercio durante el próximo lunes 1 de mayo hizo este viernes la Dirección del Trabajo (DT).

El 1 de mayo es uno de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables en el comercio, tal como el del 1 de enero, 18 y 19 de septiembre y 25 de diciembre, establecidos como tales a fines de 2007.

En todos los casos, el feriado comienza a las 21.00 horas del día anterior al festivo y termina a las 06:00 de la mañana del día posterior, salvo los turnos rotativos, para los que rigen otros horarios.

«Esta es una norma obligatoria e irrenunciable a favor de los trabajadores y las trabajadoras del comercio para que puedan descansar junto a sus familias, más aún en una fecha de tanto simbolismo para el mundo del trabajo”, dijo el director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, quien recordó la vigencia de este feriado al visitar un centro comercial en la comuna de Providencia para explicar sus normas a empleadores y dependientes.

La autoridad recordó que las multas en este caso son consideradas gravísimas «y pueden superar el millón 200 mil pesos», enfatizando que «los empleadores deben tener presente que no respetar el feriado es una infracción sancionada con multas aplicadas por cada trabajador sorprendido en infracción. Vamos a estar fiscalizando en terreno y con dos canales de denuncia porque nos interesa que este feriado obligatorio e irrenunciable se respete y que los trabajadores y trabajadoras puedan disfrutarlo».

Esta vez la DT fiscalizará dos materias: el feriado como tal y el descanso de los trabajadores del comercio que cumplieron turnos para el mismo empleador el 1 de mayo de 2022. Esto último, en virtud de una norma vigente desde mayo de 2016 que permite este reposo alternado bianual para los dependientes del comercio exceptuados del feriado.

Si durante las fiscalizaciones -que se realizarán en respuesta a denuncia, y también fruto de recorridos en terreno o por conocimiento a través de medios locales o regionales- se detecta trabajadores laborando, se deberá suspender sus turnos y cursar la multa correspondiente a sus empleadores.

El director del Trabajo también recordó que el 1 de mayo de 2022 se realizaron 104 fiscalizaciones que terminaron con 48 multas, equivalentes a casi $50 millones. De las multas, 39 obedecieron a “no respetar feriados”, 8 por “no respetar descanso alternado” y 1 por “no llevar correctamente el registro de asistencia”. Además, a 86 trabajadores a los que no les correspondía trabajar se les suspendió la jornada y fueron enviados a sus casas.

Las denuncias serán recibidas durante el lunes 1 de mayo:

  • En el Canal de Atención Telefónico (600 450 4000), hasta las 15:00 horas.
  • En el sitio web institucional (www.dt.gob.cl), desde las 00:00 hasta las 15:00 horas.

SANCIONES

En caso de no cumplir con este feriado obligatorio e irrenunciable, las infracciones serán sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($315.370 al mes de mayo de 2023) hasta 20 UTM ($1.261.480 al mes de mayo de 2023) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).

  • De 1 a 9 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.
  • De 10 a 49 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.
  • 50 a 199 trabajadores: 10 UTM por cada trabajador afectado.
  • De 200 y más trabajadores: 20 UTM por cada trabajador afectado.

Los trabajadores en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo.

En caso de no otorgar el descanso alternado a los trabajadores que laboraron en el mismo feriado del año anterior, las multas van desde las 5 UTM ($315.370 al mes de mayo de 2023) hasta 20 UTM ($1.261.480 al mes de mayo de 2023) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973).

  • De 1 a 9 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.
  • De 10 a 49 trabajadores: 5 UTM por cada trabajador afectado.
  • De 50 a 199 trabajadores: 10 UTM por cada trabajador afectado.
  • De 200 y más trabajadores: 20 UTM por cada trabajador afectado.

NORMAS

El feriado obligatorio e irrenunciable del 1 de mayo impone que el comercio debe estar cerrado desde las 21:00 horas del domingo 30 de abril y hasta las 06:00 horas del martes 2 de mayo, salvo que los dependientes laboren en turnos rotativos, caso en el cual estos podrían prestar servicios entre las 21:00 y las 00:00 horas del día 30 de abril o entre 00:00 y las 06:00 del día 2 de mayo cuando el respectivo turno incida en dichos períodos.

Son favorecidos los trabajadores del comercio cuyas labores se relacionen con el expendio o venta directa al público y también quienes cumplen labores íntimamente ligadas con esa función, como cajeros y empaquetadores. No gozan de este beneficio quienes cumplen otras funciones no directamente ligadas con la venta. Por ejemplo: tareas administrativas, de bodegaje, reposición y transporte de mercadería, vigilancia de seguridad.

Se exceptúan del feriado irrenunciable los trabajadores del comercio de clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento (cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabaret), locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juegos y otros lugares de juegos legalmente autorizados; y expendio de combustibles, farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. También deben trabajar los dependientes de las llamadas «tiendas de conveniencia» adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados allí mismo.

Todos estos trabajadores sí tendrán derecho a tomar descanso a lo menos una vez cada dos años si continúan contratados por el mismo empleador, según la ley 20.918. En virtud de ella, los trabajadores pueden pactar con su empleador la rotación del personal necesaria para este fin. Es decir, si un trabajador laboró el 1 de mayo del 2022 y continúa trabajando para el mismo empleador, esta vez deberá descansar.

Por ello, y poniéndose en el caso de cada uno de los otros cuatro feriados obligatorios e irrenunciables, el director del Trabajo llamó a los empleadores a precaver infracciones a este descanso bianual alternado, organizando sus turnos con antelación, suscribiendo el respectivo pacto.

«Por ejemplo, si tomamos este 1 de mayo como base, el empleador de un restaurante debería atender esta vez con un grupo de sus trabajadores, reservando a otro grupo para que atienda el 1 de mayo del 2024. Ello, porque los que atiendan ahora descansarán el próximo 1 de mayo», dijo la autoridad fiscalizadora.

Asimismo, la autoridad recordó que «es importante señalar que los locales comerciales atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden abrir porque no existe relación laboral en este caso».

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Fiestas Patrias: cómo evitar subir de peso de manera abrupta en los festejos

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Se aproximan las Fiestas Patrias y, junto con ello, llegan los festejos cargados de comida y calorías extra donde las empanadas, asados y bebidas con alto nivel calórico son los protagonistas habituales de estas celebraciones a lo largo de todo el país. Históricamente los chilenos suben entre tres y cuatro kilos en estas fechas y se estima que cada persona puede llegar a triplicar el consumo diario requerido de calorías.

Según explicó la doctora Ximena Muñoz, nutrióloga de Clínica MEDS, “en estos momentos más del 90 por ciento de los chilenos tiene algún problema de peso y esta fecha está asociada, en general, a un alto consumo de calorías y aumento de peso. Muchas veces pensamos que tenemos que probar todas las cosas en un solo día. Durante las Fiestas Patrias se puede comer de todo, pero en cantidades relativamente pequeñas o hacer una selección más inteligente de los alimentos».

La especialista agregó que “es importante saber que el alcohol mientras menos grados posee menos calorías nos aporta, como es el caso de los vinos y las cervezas. Si subimos los grados como con el pisco o el ron también aumentamos la cantidad de calorías proporcionalmente a los grados alcohólicos.  En cuanto a carnes rojas hay que preferir aquellas que tienen menos grasas como el filete, el lomo liso o la posta y evitar el lomo vetado, las carnes de cordero y cerdo, que son más grasosas. Además, se puede mezclar con carnes que son más magras, como el pescado o el pollo, que también se pueden preparar a la parrilla y se terminan convirtiendo en buenas alternativas”.

La doctora Muñoz hizo un llamado a incorporar a los vegetales dentro del menú, como berenjenas, zapallos italianos o cebollas. “Es bueno entender que las comidas no son sólo carne y trago, las ensaladas son muy importantes y podemos prepararlas de una manera rica y entretenida. Podemos comer de todo, pero moderadamente. En el caso de las lechugas, se pueden comer indiscriminadamente, también podemos comer papas mayo, pero en porciones más pequeñas. La ensalada chilena también es muy sana y es una excelente opción”, indicó.

Para la nutrióloga de Clínica MEDS “un almuerzo ideal sería aquel que tuviera un trozo de carne, ojalá de carne poco grasosa o magra, abundante ensalada, una copa de vino, agua o bebidas light para beber. Mientras esperamos que la carne se cocine, elegir entre una empanada o un choripán y de postre alguna fruta o macedonia, ojalá con sucralosa para no aportar más calorías”.

La facultativa agregó que “generalmente la gente pierde totalmente los horarios en estas fiestas, por lo tanto esperando que el asado esté listo, se puede almorzar fácilmente después de las 4 de la tarde. Lo ideal, si no se puede controlar esa situación, es comer algo antes del almuerzo, que puede ser una fruta o ensalada, y así no estar con tanta hambre cuando esté listo el asado, ya que ahí es cuando se toman decisiones poco sensatas sobre la comida”.

En relación a las dietas que comúnmente se hacen post Fiestas Patrias, la nutrióloga aseguró que “no es bueno realizar una dieta extremadamente restrictiva a la vuelta. Es importante volver lo antes posible a tu rutina de actividad física y reestructurarte pronto en la rutina diaria. Obviamente si subiste de peso, tienes que restringirte un poco en las porciones de tu dieta, pero que quede claro que una dieta extremadamente restrictiva no es la mejor opción”.

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Fiestas Patrias XXL: ¿Positivas o negativas para la economía?

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El Índice Mensual de Actividad Económica (Imacec) puede verse afectado de manera negativa debido a la extendida celebración de Fiestas Patrias que tendrá el país en 2024, con un día feriado más que el año pasado en estas mismas fechas.

En 2023, la actividad económica creció 0,3% en el noveno mes del año, una cifra que puede ser menor en esta oportunidad debido a este feriado extra.

«Septiembre es el mes que más variabilidad tiene en los días hábiles y también el que en promedio tiene menos días laborales. Este año tenemos solo dieciocho días laborales, y eso va a tener un efecto negativo en el producto y, por lo tanto, también en el indicador Imacec«, advirtió Javier Mella, académico de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Aplicadas de la Universidad de los Andes.

De todas maneras, el experto afirmó que es «importante destacar que los efectos varían por sector económico, donde el menos afectado es la minería«; mientras que, aunque «el comercio presenta efectos positivos y negativos, los efectos de menos días hábiles no logran ser compensados«.

«En el caso de la industria, este sector presenta el efecto más negativo. Con todo, uno esperaría un par de décimas menos en el Imacec de septiembre«, puntualizó Mella.

Para los feriados del 18 y 19 son irrenunciables, pero restaurantes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, casinos de juegos, gasolineras con servicios y farmacias de urgencia y de turno no se contemplan en el cierre del comercio.

Además, pueden atender los negocios que están con sus propios dueños y también los familiares.

CNC afirmó que septiembre «no necesariamente termina siendo negativo para el sector»

Desde la Cámara Nacional de Comercio (CNC), en tanto, advirtieron que en septiembre se han registrado resultados variados en los últimos años, algunos con buenos efectos para el sector y otros más adversos.

«En lo que respecta al comercio minorista, hemos podido ver que septiembre es un mes que, si bien está afectado por los feriados irrenunciables que son dos, no necesariamente termina siendo un mes negativo para el sector comercio«, aseveró Bernardita Silva, gerente de estudios de la CNC.

En esta línea, recordó que el año pasado las ventas en estas fechas «estuvieron por sobre agosto, sobre todo en la categoría supermercado, como en otros años donde septiembre se desacelera frente a agosto. Entonces, depende mucho de las categorías que estamos viendo».

«Por otro lado, sabemos que los pequeños comercios en regiones que son abiertos por sus propios dueños se ven favorecidos. Ahí también tenemos otro sector, que son las actividades características del turismo, que se ven favorecidas», destacó Silva.

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Dirección del Trabajo fiscalizará 300 buses interurbanos por aumento de viajes durante Fiestas Patrias

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La Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará las jornadas de conducción y descanso de las tripulaciones de los buses interurbanos de pasajeros debido al aumento de viajes en este extenso fin de semana largo por Fiestas Patrias.

El objetivo es verificar que las tripulaciones inicien sus turnos con los descansos legales previamente cumplidos, garantizando así la seguridad carretera de choferes, auxiliares y pasajeros.

Así lo informó este viernes el director del Trabajo, Pablo Zenteno, en el Terminal de Buses Sur de Santiago, hasta donde llegó junto con un equipo de fiscalizadores para informar de este programa inspectivo.

El programa inspectivo que se extenderá entre el 13 y el 18 de septiembre consiste en fiscalizaciones a 300 buses en las regiones de Arica y Parinacota (20), Tarapacá (20), Antofagasta (20), Atacama (20), Coquimbo (20), Valparaíso (20), O’Higgins (20), Maule (20), Ñuble (20), Biobío (20), La Araucanía (20), Los Ríos (20) y Los Lagos (20) y Metropolitana (40).

En esta última región, las fiscalizaciones abarcarán a siete rodoviarios: Bellavista La Florida, Alto Las Condes, San Bernardo, Los Héroes, San Borja, Alameda y Sur.

El director del Trabajo explicó que “la exigencia de cumplimiento de jornada de trabajo y descanso de conductores y auxiliares de buses es un deber de la Dirección del Trabajo, tal como lo es con trabajadores y trabajadoras de cualquier ámbito laboral; pero en este caso, al fiscalizar que los conductores de los buses comienzan sus turnos con los descansos previos cumplidos estamos ayudando también a garantizar viajes más seguros para las tripulaciones y sus pasajeros, porque de ese modo disminuyen las posibilidades de accidentes carreteros por causa de la fatiga”.

Los controles estarán centrados exclusivamente en aquellos buses que realicen viajes de más de cinco horas. Para ello, en los terminales de las 14 regiones objeto del programa inspectivo los fiscalizadores subirán a las cabinas e imprimirán desde el dispositivo automatizado instalado junto al volante el comprobante de registro de jornada y descanso cumplido previamente por cada miembro de la tripulación.

Durante esta fiscalización la DT puede aplicar multas o hasta suspender a las tripulaciones o a parte de ellas si se comprueba de los comprobantes impresos que no se ha cumplido con los descansos previos, o incluso si de la toma de declaraciones a choferes y auxiliares surgen indicios de aquella infracción.

Materias fiscalizables y multas

Las materias por fiscalizar son:

Instalación y funcionamiento del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
Funcionamiento correcto del dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
Tiempo máximo de conducción continua (5 horas)
Descanso mínimo entre turnos de conducción (2 horas)
Descanso semanal compensatorio.
Cumplimiento correcto de autorizaciones de jornadas excepcionales de trabajo y descanso.
Las infracciones a cualquiera de estas obligaciones significará la aplicación de multas que fluctúan entre las 3 ($199.086) y las 60 ($3.981.720) Unidades Tributarias Mensuales, al valor de septiembre ($66.362), dependiendo de si la empresa sancionada es micro, pequeña, mediana o grande.

Así, la escala de multas factible de aplicar es:

• Microempresa (1 a 9 trabajadores): 3 UTM ($199.086) a 5 UTM ($331.810)

• Pequeña empresa (10 a 49 trabajadores): 6 UTM ($398.172) a 10 UTM ($663.620)

• Mediana empresa (50 a 199 trabajadores): 24 UTM ($1.592.688) a 40 UTM ($2.654.480)

• Gran empresa (200 y más trabajadores): 36 UTM ($2.389.032) a 60 UTM ($3.981.720)

Adicionalmente, se sancionará con entre 3 y 60 UTM si la empresa a la cual debe notificársele las multas aplicadas no ha registrado ante la DT una casilla de correo electrónico u otro medio digital a los cuales pueda enviársele notificaciones, citaciones o comunicaciones.

Suspensión de tripulantes

Los fiscalizadores podrán suspender a tripulantes (choferes y auxiliares) en los siguientes casos:

No está instalado en el bus el dispositivo de registro automatizado de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
El dispositivo está instalado pero sin funcionamiento y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.
El dispositivo está en funcionamiento pero el reporte impreso no arroja toda la información necesaria y de la declaración del tripulante se advierte que no ha cumplido correctamente con sus jornadas y descansos.
Los tripulantes en infracción deben dejar sus turnos de inmediato. Los buses que iban a conducir solo pueden iniciar sus viajes si las empresas reemplazan a los trabajadores suspendidos por otros que sí han cumplido previamente con los descansos legales.

Fiscalización en Fiestas Patrias 2023

En las Fiestas Patrias del año 2023 la DT realizó 227 fiscalizaciones, 54 de las cuales terminaron con multas por $136.167.992 y 16 trabajadores suspendidos por no contar con sus descansos en regla.

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